En Acoran ayudamos a las empresas a identificar, proteger y defender sus secretos empresariales mediante la implantación de medidas de confidencialidad, la redacción de pactos de no competencia y el diseño de protocolos internos adaptados a cada organización. Contar con una estrategia jurídica preventiva no solo reduce el riesgo de fugas de información, sino que también permite reaccionar con mayores garantías si un empleado o directivo utiliza de forma indebida información sensible tras abandonar la empresa.

Tu director comercial, que conoce a todos tus clientes, tus precios y tu forma de trabajar, presenta su baja voluntaria. Dos meses después te enteras de que ha fichado por tu competencia directa… o peor, ha montado su propio negocio ofreciendo exactamente lo mismo que tú, a los mismos clientes.

Ya hablamos en el blog de qué es el secreto empresarial y por qué es vital para tu negocio y de cómo protegerlo legalmente. Ahora vamos a centrarnos en el momento más delicado de todos: cuando un empleado con acceso a información sensible deja la empresa. Es en ese momento cuando se decide si tu protección legal era papel mojado o una herramienta real.

Por qué el momento de la salida es el más peligroso

Mientras un empleado está en plantilla, su deber de buena fe contractual le obliga a no perjudicar a la empresa. Pero ese deber desaparece en el mismo instante en que se extingue el contrato, salvo que hayas previsto algo por escrito antes de que eso ocurra. A partir de ahí, solo tienes dos herramientas legales realmente sólidas: los pactos de confidencialidad y el pacto de no competencia postcontractual. Si no los firmaste a tiempo, llegar después es mucho más difícil.

Herramienta 1: la cláusula de confidencialidad

La cláusula de confidencialidad obliga al trabajador a no revelar ni utilizar información confidencial de la empresa, tanto durante la relación laboral como después de que termine. A diferencia del pacto de no competencia, no tiene límite temporal legal ni exige compensación económica, porque no restringe la libertad de trabajo del empleado: solo le prohíbe usar información que no le pertenece.

Para que sea eficaz de verdad:

  • Debe ser específica, no una fórmula genérica de «toda la información de la empresa es confidencial». Cuanto más concretes qué se considera secreto (listados de clientes, fórmulas, procesos, condiciones comerciales, roadmap de producto…), más fácil será defenderla ante un juez.
  • Debe firmarse desde el primer día, idealmente dentro del propio contrato de trabajo, y reforzarse con un anexo específico cuando el empleado accede a un puesto con más responsabilidad.
  • Conviene acompañarla de medidas internas reales: accesos restringidos, marcado de documentos como confidenciales, control de quién puede exportar datos o llevarse archivos.

Este último punto no es un detalle menor: la Ley 1/2019 de Secretos Empresariales exige que la información esté protegida por medidas razonables para mantenerla en secreto. Si nunca hiciste nada por protegerla, es mucho más difícil demostrar ante un tribunal que realmente era un secreto empresarial.

Herramienta 2: el pacto de no competencia postcontractual

Esta es la cláusula que impide a un extrabajador irse a la competencia o montar un negocio similar durante un tiempo determinado tras dejar la empresa. Está regulada en el artículo 21.2 del Estatuto de los Trabajadores y, para ser válida, debe cumplir tres requisitos de forma acumulativa:

  1. Interés industrial o comercial real por parte de la empresa (no vale imponerlo «por si acaso»).
  2. Compensación económica adecuada al trabajador, que la jurisprudencia sitúa habitualmente entre el 20% y el 50% del salario bruto mensual por cada mes de duración del pacto.
  3. Duración limitada: máximo dos años para técnicos y seis meses para el resto de trabajadores.

El error más habitual: pactar una compensación simbólica (algunos casos reales han llegado a los tribunales por compensaciones de apenas 35 € al mes) o no pagarla en absoluto. Si la compensación no es adecuada, el pacto se declara nulo y el extrabajador queda libre de toda restricción, aunque hubiera firmado.

¿Qué pasa si el trabajador incumple el pacto ya siendo válido?

La empresa puede exigir:

  • La devolución de la compensación económica ya abonada.
  • Una indemnización por daños y perjuicios (mucho más fácil de reclamar si el pacto incluye una cláusula penal que fije de antemano la cantidad, en lugar de tener que demostrar el perjuicio real).
  • El cese judicial de la actividad competidora.

¿Y si ya se ha ido y se ha llevado información sin ningún pacto firmado?

Si no hay pacto de no competencia, todavía tienes margen de actuación gracias a la Ley 1/2019 de Secretos Empresariales, siempre que puedas demostrar que la información cumplía los tres requisitos legales de secreto empresarial: era secreta, tenía valor comercial por serlo y adoptaste medidas razonables para protegerla.

Si se cumplen esos requisitos, puedes ejercitar acciones civiles para:

  • Declarar la infracción y exigir el cese inmediato del uso de la información.
  • Solicitar la destrucción o entrega de documentos, archivos o mercancías derivadas del secreto.
  • Reclamar una indemnización por daños y perjuicios.
  • En los casos más graves, la vía puede llegar al ámbito penal (artículos 278 a 280 del Código Penal), si ha existido apoderamiento deliberado de información con ánimo de perjudicar a la empresa o beneficiarse de forma desleal.

El plazo para reclamar por la vía civil es de tres años, contados desde que el titular del secreto tuvo conocimiento de quién lo vulneró.

Checklist antes de que se vaya tu próximo empleado clave

  • ¿Tiene firmada una cláusula de confidencialidad clara y específica?
  • ¿Tiene sentido en su caso un pacto de no competencia? (piénsalo especialmente para comerciales, perfiles técnicos con acceso a procesos internos o directivos).
  • ¿La compensación económica pactada es realista y no meramente simbólica?
  • ¿Tienes forma de acreditar qué información concreta manejaba ese puesto (accesos, permisos, documentación entregada)?
  • ¿Existe un protocolo de salida que revise devoluciones de equipos, revocación de accesos y recordatorio por escrito de sus obligaciones de confidencialidad?

Si además esta persona tenía acceso a datos personales de clientes o empleados, recuerda revisar también los errores más comunes en protección de datos en empresas, porque una fuga de información al salir un trabajador suele afectar a ambos frentes a la vez.

Conclusión

La salida de un empleado con acceso a información estratégica es uno de los momentos de mayor riesgo para cualquier empresa. La diferencia entre poder defender tus intereses o quedarte sin herramientas legales depende, en gran medida, de las medidas que hayas implantado antes de su marcha. Contar con cláusulas de confidencialidad bien redactadas, pactos de no competencia válidos y protocolos internos de protección de la información no es un mero formalismo, sino una inversión en la seguridad y continuidad de tu negocio. Porque cuando un trabajador clave se va, los secretos empresariales solo estarán protegidos si la empresa ha demostrado que realmente se preocupó por protegerlos desde el primer día.

Preguntas frecuentes

¿Qué se considera un secreto empresarial según la Ley 1/2019?
Según la Ley 1/2019 de Secretos Empresariales, se considera secreto empresarial aquella información que cumple tres requisitos: es secreta, tiene valor comercial precisamente por no ser conocida públicamente y la empresa ha adoptado medidas razonables para mantenerla protegida. Algunos ejemplos son los listados de clientes, las estrategias comerciales, las fórmulas, los procesos internos o el roadmap de productos.

¿Cuándo está protegida legalmente la información confidencial de una empresa?
La información confidencial está protegida legalmente cuando la empresa ha implantado medidas razonables para preservar su secreto. Entre estas medidas pueden encontrarse las cláusulas de confidencialidad, los accesos restringidos, el marcado de documentos como confidenciales o el control sobre la exportación de datos y archivos. Si la empresa no ha realizado ninguna acción para proteger la información, será mucho más difícil acreditar judicialmente que se trataba de un secreto empresarial.

¿Las obligaciones de confidencialidad continúan después de que un empleado deje la empresa?
Sí. La obligación de confidencialidad puede mantenerse una vez finalizada la relación laboral si existe una cláusula de confidencialidad debidamente firmada. Esta cláusula prohíbe al trabajador revelar o utilizar la información confidencial tanto durante su permanencia en la empresa como después de su salida, sin que exista un límite temporal legal específico.

¿Puede un antiguo trabajador utilizar información confidencial de su anterior empresa?
No. Un antiguo trabajador no puede utilizar ni divulgar información confidencial que constituya un secreto empresarial, especialmente si ha firmado una cláusula de confidencialidad o si la información cumple los requisitos de protección establecidos en la Ley 1/2019. El hecho de haber abandonado la empresa no le otorga ningún derecho sobre dicha información.

¿Qué ocurre si un ex empleado revela secretos empresariales tras su salida?
Si un ex empleado revela o utiliza secretos empresariales de forma indebida, la empresa puede acudir a la vía civil para solicitar el cese inmediato de la utilización de la información, exigir la destrucción o entrega de los documentos relacionados y reclamar una indemnización por los daños y perjuicios ocasionados. En los casos más graves, cuando exista una apropiación deliberada de información con ánimo de perjudicar a la empresa o de obtener un beneficio desleal, los hechos pueden incluso tener consecuencias penales.

¿Quieres blindar la salida de tus empleados clave?

En Acorán te ayudamos a redactar cláusulas de confidencialidad y pactos de no competencia que realmente se sostengan ante un tribunal, y a diseñar un protocolo de salida que proteja tu información desde el primer día de la relación laboral, no cuando ya es demasiado tarde.

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