Registro Salarial en Madrid
Nos preocupamos por sus derechos

REGISTRO SALARIAL
Todas las entidades independientemente de su tamaño, tienen que estar incluidos
¿QUE ES EL REGISTRO SALARIAL?
Con el Real Decreto-Ley 6/2019 de Medidas Urgentes para la Garantía de Igualdad de Trato y Oportunidades entre Hombres y Mujeres en el Empleo y la Ocupación, se encuentra la obligación de registrar los salarios de los empleados por parte de la empresa.
Esta medida obliga a las empresas a realizar un registro de los salarios de sus empleados por género, con los valores medios de salarios, complementos salariales y percepciones extrasalariales desde el 14 de abril de 2021
¿QUIÉNES TIENEN QUE REALIZAR EL REGISTRO SALARIAL?
Todas las entidades independientemente de su tamaño, incluidas las empresas con un solo trabajador y tienen que estar incluidos todos los trabajadores de la plantilla sin excepciones, incluyendo al personal directivo y a los altos cargos.
Realizar el registro salarial en las empresas es una obligación para el empresario que debe cumplir, de la misma forma con las obligaciones que exige la ley para no cometer discriminación laboral en la organización.
¿CADA CUÁNTO TIEMPO SE TIENE QUE ACTUALIZAR EL REGISTRO?
Por lo general el periodo será de un año natural, Pero la norma indica que pueden hacerse las modificaciones que la empresa estime oportunas «en caso de alteración sustancial de cualquiera de los elementos que integran el registro» para cumplir con los principios de transparencia a las que están obligadas todas las empresas.
¿QUIÉNES PUEDEN ACCEDER AL REGISTRO?
Podrán solicitar el acceso a la información que se limitará a las diferencias porcentuales que existieran en las retribuciones promediadas de hombres y mujeres, que también deberán estar desagregadas en atención a la naturaleza de la retribución y el sistema de clasificación aplicable. los trabajadores de la empresa, solamente la representación sindical (en las empresas que cuente con ella), la que accederán al contenido «íntegro» del registro retributivo.
¿QUÉ OCURRE SI EXISTE UN DESFASE EN EL SALRIO ENTRE TRABAJADORES SUPERIOR AL 25% O MÁS?
En el caso en el que el promedio de las retribuciones a los trabajadores de un sexo sea superior a los del otro en un 25% o más el empresario deberá incluir en el registro salarial una justificación de que dicha diferencia responde a motivos no relacionados con el sexo de las personas trabajadoras, dicha justificación debe adjuntarse al registro retributivo y según el caso también se deberá realizar una auditoría salarial en el que se realice un diagnóstico de la situación retributiva en la empresa
INCUMPLIMIENTO
El incumplimiento de la obligación de realizar el registro salarial por parte de la empresa se considera una infracción grave, La sanción puede suponer una multa con importes que de los 625 a los 6.250 euros.
Además de las posibles sanciones accesorias por no cumplir con las medidas de igualdad, que podría conllevar la pérdida de ayudas o subvenciones.
Si quieres evitar sanciones y cumplir con la normativa, lo más recomendable es contar con un proveedor cualificado que ayuden a realizar el registro salarial. En Acorán contamos con agentes de igualdad especializados en la materia que harán más fácil esta obligación.
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Preguntas frecuentes
¿Es obligatorio el registro salarial?
Sí, el registro salarial es obligatorio para todas las empresas, independientemente de su tamaño o sector. Su objetivo es garantizar la transparencia retributiva y detectar posibles desigualdades salariales entre hombres y mujeres, en cumplimiento del Real Decreto 902/2020 sobre igualdad retributiva.
¿Qué es el registro salarial?
El registro salarial es un documento en el que se reflejan los salarios de todos los empleados de una empresa, desglosados por categoría profesional, grupo y puesto de trabajo, diferenciando entre hombres y mujeres. Su finalidad es analizar la equidad salarial y cumplir con la normativa vigente en materia de igualdad retributiva.
¿Cuándo es obligatorio el registro salarial?
El registro salarial es obligatorio desde el 14 de abril de 2021, fecha en la que entró en vigor el Real Decreto 902/2020. Todas las empresas deben elaborarlo y actualizarlo anualmente, independientemente del número de trabajadores que tengan.
¿Qué empresas están obligadas a tener un registro retributivo?
Todas las empresas, sin importar su tamaño, están obligadas a disponer de un registro retributivo actualizado. Además, aquellas con más de 50 empleados deben realizar una auditoría retributiva como parte de su Plan de Igualdad.
¿Qué es el registro de sueldos y salarios?
El registro de sueldos y salarios es otro término utilizado para referirse al registro salarial. Consiste en un documento donde se detallan los salarios desglosados por sexo, con el fin de identificar posibles brechas salariales dentro de la empresa y garantizar la igualdad retributiva.
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