El teletrabajo híbrido —alternar días en la oficina y en casa— ha pasado de ser una medida temporal a una realidad estable para miles de empresas en España.
Aunque ofrece ventajas en flexibilidad y conciliación, también multiplica los riesgos de seguridad y privacidad, ya que los datos corporativos se mueven entre diferentes entornos y dispositivos.

En este artículo veremos cómo adaptar la privacidad de datos en entornos híbridos, cumpliendo con la ley, evitando sanciones y reforzando la ciberseguridad empresarial.

Para garantizar la privacidad de datos en teletrabajo híbrido, las empresas deben:

  1. Implementar políticas internas claras de tratamiento de datos.

  2. Asegurar dispositivos corporativos con cifrado y contraseñas seguras.

  3. Usar conexiones VPN y redes seguras.

  4. Realizar formación en protección de datos a empleados.

  5. Cumplir con el RGPD y la LOPDGDD en todo momento.

Marco legal: lo que exige la ley en teletrabajo híbrido

Trabajar desde casa o desde una cafetería no exime a la empresa de cumplir con el RGPD y la LOPDGDD.
Algunos puntos clave:

  • Responsabilidad proactiva: la empresa sigue siendo responsable de cualquier filtración, incluso si ocurre en casa del trabajador.

  • Registro de actividades de tratamiento: incluir el teletrabajo como parte de los flujos de datos.

  • Evaluación de riesgos: el teletrabajo requiere análisis de impacto (DPIA) si se tratan datos sensibles.

  • Contrato de teletrabajo: debe incluir cláusulas de seguridad, uso de dispositivos y gestión de datos.

Protocolos internos imprescindibles

Para minimizar riesgos, es clave documentar y comunicar protocolos como:

  • Manual de teletrabajo seguro con normas claras (redes, dispositivos, contraseñas, accesos).

  • Uso exclusivo de dispositivos corporativos o, si no es posible, medidas de seguridad reforzadas en los personales.

  • Política de acceso remoto: determinar quién puede conectarse y con qué nivel de permisos.

  • Normas de almacenamiento: uso de repositorios corporativos cifrados, evitando USB o almacenamiento local sin control.

Ciberseguridad aplicada al teletrabajo híbrido

Aquí la tecnología es aliada:

  • VPN obligatoria para conexiones fuera de la oficina.

  • Autenticación multifactor (MFA) para accesos a plataformas internas.

  • Cifrado de disco y comunicaciones para prevenir accesos no autorizados.

  • Actualizaciones periódicas de software y sistemas operativos.

  • Monitorización de accesos para detectar anomalías.

  • Copias de seguridad automáticas y cifradas.

Formación y concienciación

La tecnología por sí sola no basta. El factor humano sigue siendo el eslabón más débil.

  • Formación en detección de phishing y ataques de ingeniería social.

  • Simulacros de ciberataques para preparar a los equipos.

  • Sesiones sobre manejo de datos personales y confidenciales.

Adaptación a un modelo híbrido seguro

Un plan de privacidad para teletrabajo híbrido debe:

  • Ser flexible, ya que los riesgos cambian según el entorno de trabajo.

  • Estar alineado con el negocio, evitando fricciones que dificulten el trabajo.

  • Contar con un Delegado de Protección de Datos (DPD) que supervise y audite.

Conclusión

El teletrabajo híbrido no es un desafío insalvable: es una oportunidad para reforzar la cultura de seguridad y privacidad en la empresa.
Con protocolos claros, tecnología adecuada y formación continua, se pueden minimizar riesgos y cumplir con la ley, protegiendo tanto a la empresa como a los empleados.

En Acorán ayudamos a empresas a adaptar su privacidad de datos y ciberseguridad a la nueva realidad del teletrabajo híbrido.
Desde la redacción de protocolos legales hasta la implantación de medidas técnicas, nuestro equipo garantiza el cumplimiento normativo y la protección de tu negocio.

❓ Preguntas frecuentes

1. ¿Es obligatorio tener VPN en teletrabajo híbrido?
No es obligatorio por ley, pero sí altamente recomendable y considerado una buena práctica de seguridad.

2. ¿Quién es responsable si hay una filtración en teletrabajo?
La empresa sigue siendo responsable, incluso si la brecha ocurre en el domicilio del trabajador.

3. ¿El trabajador puede usar su propio portátil?
Solo si cumple con los requisitos de seguridad establecidos en la política interna.

4. ¿Debo formar a mi equipo en protección de datos?
Sí, la formación continua es una obligación derivada de la responsabilidad proactiva del RGPD.

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